Convocatoria: Fortalecimiento de las Actividades de Extensión

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Programa Permanente Fortalecimiento de las Actividades de Extensión

Se encuentra abierta la Convocatoria 2019 del Programa Permanente de Promoción de las Actividades Extensión Universitaria de la FCE – Resolución CD Nº 165/18.

CRONOGRAMA:

  • 24 de de Abril 2019 toma de conocimiento por parte del Consejo Directivo.
  • 25 de Abril 2019 difusión de la convocatoria.
  • 14 de Junio 2019 fecha límite de presentación de Proyectos de Extensión 2019.
  • 17 al 19 de Junio 2019 proceso de evaluación.
  • 19 de Junio 2019 Dictamen de la Comisión Evaluadora.
  • 26 de Junio 2019 tratamiento y aprobación del Dictamen de la Comisión Evaluadora por el Consejo Directivo.
  • 28 de Junio 2019Adjudicación de Subsidios.
  • 1º de Julio 2019 Inicio formal de tareas y/o actividades
  • Diciembre 2019 presentación de informes de avance de los proyectos

Ejes de la convocatoria:

  • Social, Comunitario y cultural
  • Desarrollo Regional y Productivo
  • Formación, Capacitación y Perfeccionamiento
  • Intermediación y Gestión Institucional

Se consideraran para ser evaluados:

  • Los proyectos que se presentaron al PROFAE 2018 de la UNaM y no han obtenido financiamiento, siempre que hayan sido luego presentados en la FCE para su acreditación, con aprobación de Consejo Directivo.
  • Proyectos de Extensión presentados y acreditados en la FCE, con aprobación de Consejo Directivo, durante en el Segundo semestre del 2018
  • Proyectos presentados y aprobados por el Consejo Directivo en la primera sesión del corriente año.
  • Proyectos que se presenten en la Secretaría de Extensión, en respuesta a esta convocatoria, hasta el 14 de junio 2019.

Para tal fin se solicita a los Directores de Proyectos presentar nota de solicitud para participar de la convocatoria.

Montos de los subsidios:
Serán subsidiados un total de Diez (10) proyectos: Los primeros seis (6) por un importe de hasta Pesos Ocho mil ($ 8.000,00) cada uno y los restantes cuatro (4) por un monto de hasta Pesos Cuatro mil ($ 4.000,00) cada uno.
Este subsidio será destinado exclusivamente para solventar los gastos emergentes del cumplimiento de las actividades propuestas, consistentes en transporte y movilidad (pasajes, combustibles, peajes), refrigerio para los equipo de trabajo, insumos y herramientas. En ningún caso se podrá utilizar como remuneración a los integrantes de los equipos de trabajo, como se indica en el Art. 6º del Anexo de la Res. CD Nº 165/18.

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